La declaración de renta 2025 ya casi llega: Conozca las novedades en documentos

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ya activó la cuenta regresiva para la presentación de la declaración de renta correspondiente al año gravable 2024.

A partir del próximo 12 de agosto, y hasta el 24 de octubre, más de 6,1 millones de personas naturales deberán cumplir con esta obligación tributaria.

El calendario de vencimientos se definió según los dos últimos dígitos del número de cédula. El proceso iniciará con quienes terminan en 01 y 02, y concluirá con aquellos cuyas cédulas finalizan en 99 y 00.

Foto: Captura de pantalla

Aunque declarar renta es un trámite obligatorio, no siempre conlleva el pago del impuesto.

En muchos casos, los contribuyentes simplemente deben reportar sus ingresos, gastos y demás movimientos financieros del año anterior.

Esta información es clave para que la Dian pueda hacer seguimiento al flujo de recursos en el país y fortalecer el control fiscal.

Evite dejarlo para el último día

Las fechas límites están establecidas, pero no es necesario esperar hasta el último momento.

Presentar la declaración con anticipación ayuda a evitar la congestión de los sistemas digitales de la Dian, que suelen colapsar por la alta demanda en los días finales del calendario tributario.

Además, alistarse con tiempo permite corregir posibles errores, reunir los documentos necesarios y, si es el caso, buscar la asesoría de un profesional.

Papeles en regla, trámite más ágil

Uno de los consejos más repetidos por los expertos tributarios es preparar con anticipación todos los documentos necesarios.

Si bien el proceso puede realizarse sin un contador, contar con una asesoría adecuada puede evitar errores que deriven en sanciones, multas o declaraciones no aceptadas por la Dian.

Entre los documentos clave que deben tenerse listos están:

– Extractos bancarios: reflejando los saldos al 31 de diciembre de 2024.

– Certificados de inversión: si se tienen acciones, derechos fiduciarios o fondos de inversión colectiva.

– Certificado de ingresos y retenciones: entregado por el empleador correspondiente al año 2024.

– Facturas electrónicas: cuya presentación puede generar descuentos tributarios.

– Pagos de seguridad social: especialmente para trabajadores independientes.

– Escrituras de propiedades: en caso de tener vivienda propia.

– Extractos de deudas: como créditos de consumo, tarjetas o vehículos, con saldo a diciembre de 2024.

– Soporte de compra de vehículos: si adquirió alguno durante 2024.

– Documentos por venta de inmuebles: que también deben reportarse.

– Certificados de acciones: con su respectivo valor a cierre de año.

– Soportes de cuota inicial: en proyectos inmobiliarios en los que haya hecho abonos.

– Certificados de intereses de crédito de vivienda: para aplicar a deducciones.

– Recibo de impuesto predial: correspondiente a las propiedades poseídas en 2024.

– Documentación de dependientes: que cumplen requisitos para aplicar como carga tributaria.

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John Alexander Rodríguez
John Alexander Rodríguezhttp://elmetroco.wordpress.com
Comunicador Social - Periodista de la ciudad de Medellín con más de 20 años de experiencia. Amante de la buena música, deeejay los fines de semana y emprendedor.
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