La Alcaldía de Envigado ha anunciado la actualización del Decreto Municipal 0000552 del 2 de diciembre de 2020, con el fin de alinearlo con las disposiciones de la Corte Constitucional y el protocolo vigente para la regulación del consumo de estupefacientes en espacios públicos.
La nueva normativa, Decreto 20240000224 del 22 de marzo de 2024, introduce cambios significativos en los horarios y perímetros donde se permitirá o prohibirá el consumo de sustancias psicoactivas.
El objetivo principal de esta actualización es la protección de los espacios públicos y, especialmente, de los entornos escolares donde niños, niñas y adolescentes realizan sus actividades diarias.
La normativa establece nuevas sanciones para quienes no cumplan con las disposiciones establecidas, asegurando así un ambiente seguro y adecuado para la comunidad
Detalles del nuevo decreto
El Decreto 20240000224 especifica claramente las restricciones de consumo en varios tipos de espacios públicos y horarios.
Entre los puntos más destacados se encuentran:
– Centros médicos y unidades hospitalarias: El consumo de estupefacientes está completamente prohibido.
– Perímetros de centros educativos y escenarios de recreación y deporte: La restricción de consumo se aplica desde las 5:00 a. m. hasta las 10:00 p. m.
– Parques, plazas, plazoletas y zonas históricas o de interés cultural: La prohibición del consumo se extiende desde las 5:00 a. m. hasta las 11:59 p. m.
Las personas que no respeten estas directrices serán sancionadas con un comparendo que puede resultar en una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a $346.666 para el año 2024.
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