La Cámara de Representantes de Colombia ya ha aprobado 34 de los 80 artículos que componen la Reforma Laboral del Gobierno Petro. Entre los avances más relevantes se destaca la aprobación del artículo 13, que redefine el horario laboral nocturno en el país, un tema crucial para los derechos de los trabajadores.
El nuevo horario nocturno: un cambio significativo
El artículo 13, uno de los puntos centrales del debate, establece que el horario laboral nocturno comenzará a partir de las 7:00 p.m. en lugar de las 9:00 p.m., como está estipulado actualmente en la legislación laboral colombiana.
Este cambio otorgará a los trabajadores dos horas adicionales bajo la denominación de jornada nocturna, lo que implicará un incremento en las compensaciones salariales por horas trabajadas en ese período.
Este artículo fue aprobado con una modificación propuesta por el Partido Conservador, la cual establece que el nuevo horario entrará en vigor seis meses después de que la ley sea promulgada. Esta concesión fue acordada entre el partido y el Gobierno, lo que permitió que la propuesta avanzara en la discusión parlamentaria.
Otros puntos clave de la reforma
Además del cambio en el horario nocturno, durante el debate también se aprobaron artículos relacionados con las plataformas digitales de reparto.
Estas disposiciones buscan regular las funciones y modalidades de trabajo de los repartidores que operan en aplicaciones, garantizando un marco normativo que proteja sus derechos laborales, una población que ha crecido significativamente en los últimos años.
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