El Santuario prohíbe parrillero en moto este 31 de octubre por Halloween

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La medida busca evitar caravanas, prevenir alteración del orden público y garantizar la seguridad durante las celebraciones en el municipio del Oriente antioqueño.

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La Alcaldía de El Santuario, en el oriente de Antioquia, decretó la restricción en la circulación de acompañantes o parrilleros en motocicletas, mototriciclos y cuatrimotos durante la celebración de Halloween.

La disposición, consignada en el Decreto Municipal 110 del 26 de octubre de 2026, aplica para acompañantes de cualquier sexo o edad, tanto en la zona urbana como rural de la localidad.

Horarios y fechas de la restricción en El Santuario

La prohibición regirá en los siguientes horarios:

– Inicio: Sábado 31 de octubre a las 12:00 p. m.

– Finalización: Domingo 1 de noviembre a las 6:00 a. m.

Durante este periodo no se permitirá la circulación de parrilleros en vías públicas ni en espacios privados abiertos al público.

«Pensando en las fiestas de este fin de semana por Halloween, tomamos la decisión de restringir el parrillero para el 31 de octubre. Tendremos controles para hacer cumplir esta medida y generar tranquilidad», afirmó Alexander Gómez, secretario de Gobierno de El Santuario.

Excepciones a la medida

El Decreto 110 contempla excepciones para la circulación de acompañantes en casos específicos:

1. Fuerza Pública y emergencias: Organismos de seguridad, entidades de socorro y servidores públicos en cumplimiento de sus funciones.

2. Salud y emergencias médicas: Urgencias, traslados hospitalarios y mujeres embarazadas.

3. Población vulnerable: Menores de edad acompañados por un adulto, adultos mayores y personas con discapacidad.

4. Parentesco directo: Familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad que acrediten parentesco y convivencia.

5. Motivos laborales: Personas que requieran desplazarse por trabajo.

Documentos obligatorios para las excepciones

Para hacer valer cualquier excepción ante las autoridades en los puestos de control, los ciudadanos deberán presentar:

– Documento de identidad del conductor y acompañante.

– Soportes idóneos: Certificaciones médicas, registros civiles o documento que acredite el parentesco.

– Certificación laboral (para trabajo): Documento firmado por el empleador con datos del conductor, parrillero, ruta autorizada y placa de la motocicleta.

Las autoridades recordaron que la excepción no aplica por simple manifestación verbal, sino que debe sustentarse documentalmente en los controles instalados en el municipio.

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John Alexander Rodríguez
John Alexander Rodríguezhttp://elmetroco.wordpress.com
Comunicador Social - Periodista de la ciudad de Medellín con más de 20 años de experiencia. Amante de la buena música, deeejay los fines de semana y emprendedor.
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