¡Oficial! Decreto de Consulta Popular radicado en la Registraduría

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Un nuevo capítulo de confrontación institucional se abrió este viernes tras la llegada oficial del decreto presidencial que convoca a una consulta popular ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.

El documento, firmado por el presidente Gustavo Petro y todo su gabinete ministerial, plantea la realización de una consulta ciudadana el próximo 7 de agosto con el fin de someter a votación 12 preguntas enfocadas en derechos laborales.

Sin embargo, la iniciativa enfrenta un serio obstáculo legal: el decreto no cuenta con el aval del Senado de la República, como exige la Constitución.

Esta carencia ya fue certificada formalmente por el Congreso y notificada a la Registraduría, lo que pone en entredicho la viabilidad jurídica del mecanismo convocado por el Ejecutivo.

En respuesta, nueve partidos políticos han solicitado al registrador nacional, Hernán Penagos Giraldo, que invoque la figura de la “excepción de inconstitucionalidad” para abstenerse de cumplir el decreto, calificándolo de “completamente ilegal”.

Las colectividades también piden que el documento sea devuelto al Gobierno por no reunir los requisitos legales estipulados para este tipo de convocatorias.

“Se hace imperante, señor Registrador Nacional del Estado Civil, que en cumplimiento del mandato constitucional a usted otorgado sea devuelto al Gobierno Nacional por el incumplimiento de los requisitos necesarios para la convocatoria de la Consulta Popular Nacional establecidos en el artículo 104 de la Constitución Política de 1991 y las Leyes Estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015″, señala la carta enviada por las colectividades.

Pese a la presión política, la Registraduría ha decidido no pronunciarse de inmediato.

Según fuentes del organismo electoral, se ha iniciado un análisis jurídico detallado del decreto y de las implicaciones de su ejecución.

En los próximos días, se espera que se tome una decisión definitiva.

Expertos constitucionalistas han advertido que, además de la excepción de inconstitucionalidad, el registrador podría recurrir a otras vías, como consultar al Consejo de Estado o aguardar el pronunciamiento judicial sobre las demandas interpuestas en contra del decreto presidencial.

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John Alexander Rodríguez
John Alexander Rodríguezhttp://elmetroco.wordpress.com
Comunicador Social - Periodista de la ciudad de Medellín con más de 20 años de experiencia. Amante de la buena música, deeejay los fines de semana y emprendedor.
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