Así puede saber si fue designado jurado de votación para las elecciones de 2026

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Colombia entra en un año clave en materia electoral. Este 2026 se celebrarán elecciones legislativas, primera vuelta presidencial y, de ser necesario, una segunda vuelta. Como en cada jornada, miles de ciudadanos serán designados como jurados de votación, una función obligatoria que suele generar inquietudes en los días previos a las elecciones.

Una de las dudas más frecuentes es cómo consultar si una persona fue seleccionada como jurado.

La Registraduría Nacional del Estado Civil habilitó un sistema en línea que permite verificar esta información usando el número de cédula.

Los jurados de votación son ciudadanos encargados de atender las mesas electorales. Sus funciones incluyen instalar la mesa, verificar la identidad de los votantes, entregar los tarjetones, registrar la votación y realizar el conteo de votos al cierre de la jornada.

La selección se hace mediante sorteos con bases de datos enviadas por entidades públicas, privadas e instituciones educativas. Para 2026, la base supera los dos millones de ciudadanos y se designarán más de 850.000 jurados en todo el país.

La publicación de los jurados no se hace una sola vez. Para las elecciones legislativas del 8 de marzo, los sorteos se realizaron entre el 21 y el 23 de enero de 2026, y desde hoy martes 27 de enero ya es posible consultar si se fue designado.

En el caso de la elección presidencial del 31 de mayo, la consulta estará habilitada desde el 21 de mayo. Si hay segunda vuelta, la Registraduría podrá ratificar jurados o realizar nuevos sorteos.

La consulta debe hacerse únicamente a través de los canales oficiales. En el portal www.registraduria.gov.co, los ciudadanos deben ingresar a la sección “Electoral” y seleccionar “Consulte si es jurado de votación”.

Allí, el sistema muestra si la persona fue designada, junto con el puesto y la mesa asignada.

Foto tomada de: juradosatipicas.registraduria.gov.co

Ser jurado es una obligación legal. No asistir sin justificación puede acarrear multas de hasta diez salarios mínimos legales vigentes y, en el caso de servidores públicos, sanciones disciplinarias.

La ley contempla excusas válidas, como enfermedad comprobada, fuerza mayor o no residir en el municipio asignado, las cuales deben presentarse dentro de los plazos establecidos.

Consultar con anticipación permite cumplir con la obligación, asistir a las capacitaciones y evitar sanciones, especialmente en un calendario electoral que concentra varias votaciones en pocos meses.

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John Alexander Rodríguez
John Alexander Rodríguezhttp://elmetroco.wordpress.com
Comunicador Social - Periodista de la ciudad de Medellín con más de 20 años de experiencia. Amante de la buena música, deeejay los fines de semana y emprendedor.
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