La Alcaldía de Bello emitió el Decreto Municipal 830, en el cual se regulan los horarios en las zonas del comercio de restaurantes, bares y discotecas, para promover la reactivación económica y la generación de empleo en esta temporada decembrina.
Los nuevos horarios se extenderán hasta el 9 de enero de 2023, y será de la siguiente manera:
– En los barrios Niquía, Prado, La Florida, Obrero y Carretero, más la vereda Potrerito:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.
– Autopista Norte:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Jueves, viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 5:00 a. m.
– Zona Centro
De lunes a jueves: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.
Domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 3:00 a. m.
– Los demás establecimientos en zonas no mencionadas, tendrán los siguientes horarios:
De lunes a miércoles: de 10:00 a. m. a 12:00 a. m.
Jueves y domingo: de 10:00 a. m. a 1:00 a. m.
Viernes, sábado y domingo víspera del festivo: de 10:00 a. m. a 2:00 a. m.
En caso de días festivos entre semana, se considera el día anterior como víspera del festivo y tiene el horario indicado en cada zona.
Los propietarios y administradores de los establecimientos comerciales deberán, además, mantener los niveles de ruido y factores de contaminación auditiva, el uso adecuado del espacio público alrededor de los establecimientos y el acatamiento del Código de Seguridad y Convivencia Ciudadana, Ley 1801 de 2016 (Código de Policía). De no cumplir con las medidas implementadas, se incurrirá en sanciones y multas de acuerdo a lo indicado en dicha ley.
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