Aunque el Consejo de Estado suspendió el decreto que fijó el salario mínimo para 2026, los trabajadores que devengan este ingreso recibirán su pago del 15 de febrero con el incremento del 23,7 %.
La medida cautelar no tiene efectos inmediatos sobre las nóminas ya procesadas, por lo que el dinero que será consignado este fin de semana está legalmente protegido.
Decreto sigue vigente de manera temporal
El alto tribunal dio un plazo de ocho días calendario al Gobierno nacional para expedir y publicar un nuevo decreto que sustituya el actual. Mientras ese acto administrativo no entre en vigor, el Decreto 1469 de 2025 continúa siendo la base legal para la liquidación salarial.
En consecuencia, las empresas deben pagar los $2.000.000 mensuales —incluido el auxilio de transporte— correspondientes al aumento decretado en diciembre de 2025.
Nuevo porcentaje deberá ser técnico
En su decisión, el Consejo de Estado ordenó al Ejecutivo fijar un “porcentaje transitorio” sustentado en criterios técnicos como inflación y productividad, dejando de lado consideraciones políticas que motivaron el alza del 23,7 %.
“Ordenar a las entidades demandadas que, dentro de los ocho (8) días calendario (…) expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026”, señala el fallo.
Por ahora, los trabajadores pueden tener tranquilidad: la suspensión no es retroactiva y no afecta los derechos salariales ya causados.
También pueden leer: Este será el pronóstico del clima para hoy, viernes 13 de febrero, en el Valle de Aburrá
Este será el pronóstico del clima para hoy, viernes 13 de febrero, en el Valle de Aburrá https://t.co/tsK2usDyDX
— http://www.elmetro.co (@ElmetroCo) February 13, 2026




