La Corte Constitucional suspendió de manera provisional el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno nacional, tras acoger la ponencia del magistrado Carlos Camargo.
La decisión se tomó con seis votos a favor y dos en contra, lo que deja sin efecto, por ahora, los impuestos y beneficios tributarios creados bajo esta figura excepcional.
La medida responde a las solicitudes de distintos gremios y sectores económicos que pidieron frenar el decreto, al considerar que presentaba vicios de forma y carecía de una justificación suficiente.
Con la suspensión, ninguna de las disposiciones fiscales contempladas en la emergencia podrá seguir aplicándose mientras la Corte adopta una decisión de fondo.
El decreto había sido expedido por el presidente Gustavo Petro con el objetivo de enfrentar un déficit fiscal estimado en $16,3 billones, tras el hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso, que buscaba financiar el presupuesto de 2026.
Entre las medidas que quedan en suspenso se encontraban el aumento del IVA a licores y bebidas alcohólicas del 5 % al 19 %, el fuerte incremento al impuesto de los cigarrillos, el IVA a los juegos de azar en línea y una sobretasa del 10 % a entidades financieras.
También se incluía el cobro de IVA del 19 % a compras digitales superiores a USD 50 y cambios en el impuesto al patrimonio para bienes de alto valor.
La suspensión representa un alivio temporal para consumidores y sectores económicos, mientras se define el futuro jurídico del decreto en la Corte Constitucional.
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