El Tribunal Administrativo de Antioquia negó en primera instancia la solicitud de pérdida de investidura contra los concejales de Medellín Damián Pérez Arroyave y Andrés Felipe Rodríguez Puerta, al concluir que no incurrieron en violación al régimen de incompatibilidades.
La demanda señalaba que los cabildantes habrían incurrido en una falta al participar en la Junta Metropolitana del Valle de Aburrá. Sin embargo, el fallo determinó que dicha participación no está prohibida por la ley.
Uno de los puntos clave de la decisión fue que el Área Metropolitana del Valle de Aburrá no hace parte de la estructura central ni descentralizada del Distrito de Medellín, lo que impide configurar la incompatibilidad alegada. Además, el Tribunal indicó que no se probó que esta entidad administre tributos distritales.
Frente al argumento sobre los recursos provenientes de la sobretasa ambiental, la Sala concluyó que se trata de rentas propias del Área Metropolitana y no de una administración directa de impuestos del Distrito.
En esa línea, el Ministerio Público respaldó que recibir transferencias no equivale a ejercer funciones tributarias.
La defensa de los concejales sostuvo que su participación en la Junta fue una representación institucional del Concejo, sin implicar doble cargo ni beneficios personales, tesis que fue acogida por el Tribunal.
La decisión aún puede ser apelada ante instancias superiores.
El demandante, Sergio Alejandro Mesa Cárdenas, ya anunció que acudirá al Consejo de Estado para impugnar el fallo.
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