El Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, determinó que las interceptaciones telefónicas realizadas en 2018 entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su abogado Diego Cadena fueron ilegales y violaron el derecho a la intimidad.
Estas grabaciones, que habían sido pieza clave en la condena de 12 años de prisión contra Uribe por manipulación de testigos, fueron obtenidas por error durante una investigación dirigida contra el senador Nilton Córdoba.
El CTI terminó escuchando conversaciones del exmandatario y su abogado, lo que sus defensores calificaron como una “chuzada ilegal”.
#ATENCIÓN | El Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, considera ilegales las interceptaciones de las conversaciones telefónicas entre Álvaro Uribe y Diego Cadena.
“Hubo vulneración al derecho a la intimidad”.
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— ÚltimaHoraCaracol (@UltimaHoraCR) October 21, 2025
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Pese a su origen irregular, las interceptaciones fueron usadas como pruebas en el juicio, pues allí se discutían presuntos intentos de influir en testigos que habían vinculado a Uribe con grupos paramilitares.
Sin embargo, el magistrado Manuel Antonio Merchán Gutiérrez sostuvo que “la sentencia apelada desconoció la premisa básica de reconocer la intervención ilícita”, señalando que no existía un medio autónomo lícito para obtener la prueba, por lo que debía ser excluida.
Las grabaciones incluían conversaciones en las que Uribe y Cadena mencionaban a testigos como Juan Guillermo Monsalve y ‘Tuso’ Sierra, así como estrategias para que se retractaran o aclararan sus declaraciones ante la Corte Suprema.
Con esta decisión, el Tribunal pone en duda la validez de una de las pruebas más relevantes del proceso judicial contra el expresidente.




