En una sesión que se prolongó durante varias horas, la Comisión IV del Senado de la República aprobó el articulado de la reforma laboral con 13 votos a favor y solo dos en contra, lo que marca un paso decisivo en su trámite legislativo.
La propuesta ahora pasará a ser discutida en la plenaria del Senado, donde se definirá su futuro definitivo.
El proyecto, impulsado por el Gobierno y defendido como una modernización de las condiciones laborales en el país, trae consigo cambios sustanciales en aspectos como recargos, tipos de contrato, jornadas laborales, beneficios empresariales y condiciones de los aprendices del SENA.
A continuación, los cinco puntos más relevantes de la reforma laboral aprobada:
1. Aumento en recargos nocturnos y dominicales
Uno de los puntos que generó más debate fue el incremento en los recargos por trabajo nocturno, dominical y en días festivos. Finalmente, se estableció que:
– El recargo por trabajar en domingos y festivos será del 100 %, frente al 75 % actual.
– El recargo nocturno aplicará desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a. m., y se aplicará por igual en todas las empresas, incluidas micro y pequeñas, eliminando las excepciones previamente contempladas.
– Además, se avaló una nueva modalidad de contratación por horas, que deberá incluir cotización a seguridad social proporcional al tiempo trabajado.
2. Reglas claras para contratos fijos e indefinidos
El proyecto establece como regla general el contrato a término indefinido, eliminando la figura del contrato por prestación de servicios, comúnmente utilizada en el sector público y privado.
Asimismo, los contratos a término fijo solo podrán celebrarse por un periodo máximo de cinco años.
3. Jornada laboral de cuatro días
En una de las novedades más llamativas, la ponencia permite que las empresas puedan pactar con sus empleados una jornada laboral distribuida en cuatro días a la semana, ampliando la duración diaria de trabajo sin que ello implique el pago de horas extras.
No obstante, cualquier labor fuera de los días o horarios pactados sí se considerará tiempo suplementario y deberá pagarse como tal.
4. Prima adicional por crecimiento empresarial
Con la aprobación del artículo 17, se crea una nueva prima legal que se activará cuando una empresa registre un crecimiento superior al 4 % anual.
Esta se sumará a la prima de servicios ya establecida por ley y corresponderá a un mes de salario por año trabajado, pagado en dos partes: una antes del 30 de junio y otra antes del 20 de diciembre.
5. Contratación y remuneración de aprendices del SENA
Se reguló de forma explícita la condición laboral de los aprendices del SENA, definiendo su remuneración así:
– 75 % del salario mínimo durante la fase lectiva.
– 100 % del salario mínimo durante la etapa práctica.
No obstante, se mantendrán los actuales contratos de aprendizaje sin modificaciones estructurales.
Otras disposiciones relevantes
También fueron aprobados varios artículos complementarios:
– Se reguló el trabajo de plataformas digitales de reparto, garantizando su afiliación al sistema de seguridad social ya sea como trabajadores dependientes o independientes.
– Se dejaron en firme incentivos a la contratación de jóvenes recién graduados (primer empleo) y personas mayores (último empleo), una práctica ya existente pero ahora blindada por ley.
– En materia de teletrabajo, se estipuló que toda modalidad debe contemplar una relación laboral dependiente y sustituir el subsidio de transporte por un auxilio de conectividad.
Finalmente, cabe destacar que fueron eliminadas del articulado las propuestas que pretendían ampliar la licencia de paternidad y crear una licencia especial por matrimonio.
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