En una decisión tomada en Sala Plena, la Corte Constitucional negó la solicitud presentada por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado que pretendía anular una sentencia clave sobre quién tiene la competencia para investigar al presidente de la República en temas de financiación de campañas.
Con ocho magistrados presentes, el alto tribunal reafirmó que la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes es la única instancia facultada para adelantar este tipo de investigaciones contra el jefe de Estado, descartando cualquier intervención del Consejo Nacional Electoral (CNE) en este ámbito.
La votación dejó una mayoría clara: seis magistrados respaldaron la negativa a la nulidad, mientras que Jorge Enrique Ibáñez y Carlos Camargo salvaron su voto. En esta discusión no participó el magistrado Héctor Carvajal, quien se declaró impedido.
La sentencia, emitida en junio del año pasado, mantiene su vigencia y establece que, aunque el CNE no puede investigar al presidente, sí conserva la facultad de indagar sobre otros miembros de campañas electorales, incluida la de “Petro Presidente 2022”.
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