La Corte Constitucional declaró ajustada a la Carta Política la Ley 2385 de 2024, que prohíbe las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas.
En una decisión unánime, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, el tribunal amplió además la prohibición a corralejas, toros coleados y peleas de gallos, al tumbar el artículo que las mantenía como excepción.
La Corte aclaró que las cabalgatas no están incluidas en el veto, luego de que un error en un borrador inicial desatara celebraciones anticipadas de sectores animalistas.
El alto tribunal fijó un plazo de tres años para que el Gobierno adelante programas de reconversión laboral y cultural para quienes dependen de estas actividades.
A partir de julio de 2027 entrará en plena vigencia la prohibición, que contempla también la reconversión de plazas de toros en espacios culturales y deportivos.
La senadora Esmeralda Hernández, autora de la iniciativa, calificó el fallo como “un hecho histórico para los animales”. A su vez, la senadora Andrea Padilla anunció que insistirá en prohibir las cabalgatas mediante otro proyecto de ley.
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¡VICTORIA EN LA CORTE! Hemos logrado algo histórico con nuestra ley #NoMásOlé. La Corte no solo nos dio la razón en la prohibición de corridas de toros, sino también anula las peleas de gallos, las corralejas, el coleo y las cabalgatas gracias a nuestra ley.
Colombia es un… pic.twitter.com/9jWb3kBnOc
— 🍃Esmeralda Hernández🍃 (@EsmeHernandezSi) September 4, 2025
La Corte concluyó que la norma no vulnera la diversidad cultural ni los derechos adquiridos, sino que contribuye a una transformación social basada en el respeto por la vida animal.





