El Gobierno Nacional defendió la designación de Juan Carlos Florián como ministro de Igualdad, luego de que dos demandas solicitaran tumbar su nombramiento por presunto incumplimiento de la Ley de Cuotas.
“La solicitud de suspensión provisional carece de fundamento y es el ejemplo perfecto de la abierta discriminación que existe en contra de una persona con una identidad de género no hegemónica”, afirmó el abogado Andrés Tapias, representante jurídico de la Presidencia.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca estudia actualmente las demandas, las cuales sostienen que el gabinete de Gustavo Petro habría roto la paridad exigida en la norma, que establece que al menos el 50 % de los cargos de máximo nivel decisorio en el Estado deben estar ocupados por mujeres.
Según los demandantes, entre ellos la representante a la Cámara Catherine Juvinao, con Florián habría 10 ministros hombres y 9 mujeres, lo que desequilibraría la conformación del gabinete.
La Presidencia, por su parte, argumenta que la cuenta real es de 9 mujeres, 9 hombres y Florián, quien se identifica como una persona de “género fluido” o con una “identidad de género no hegemónica”, sin encasillarse en lo masculino ni en lo femenino.
Aplicar la Ley de Cuotas de manera estricta —sostiene el Gobierno— implicaría un trato discriminatorio que desconoce sus derechos fundamentales.
¿Qué es el género fluido?
El género fluido se refiere a una identidad de género que no es fija, sino que cambia con el tiempo, el contexto o las circunstancias. Las personas de género fluido pueden sentirse hombre un tiempo, mujer otro, o ambos, o ninguno.
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