El Ministerio de Salud y Protección Social, bajo la resolución 1538 adoptó las medidas de bioseguridad para el uso de las playas en el país.
Dentro de las medidas más importantes que deberán cumplir los asistentes están:
1. Distancia de dos metros entre familias.
2. Está prohibido el consumo de bebidas embriagantes de 6:00 a.m. a 5:00 p.m. y actividades comerciales.
3. Uso del tapabocas es obligatorio, excepto al ingresar al agua.
4. Los salvavidas deben evitar el contacto boca a boca y en el caso que se llegue a presentar una situación que lo requiera, se utilizarán dispositivos suministrados para tal fin.
5. Está prohibido el alquiler de equipos para la actividad de careteo o snorkeling.
6. Se deben establecer zonas específicas para la venta de comida, en donde se deben mantener dos metros de distanciamiento físico. Esa misma distancia debe garantizarse para carpas, sillas o camas.





