A través de un decreto emitido por la Alcaldía de Bogotá, las bicicletas con motor, también conocidas como ciclomotor, deberán cumplir ciertas normas para su circulación en la ciudad.
Hay que tener en cuenta que estas medidas aplicarán para aquellas que tengan un cilindraje menor a 50 centímetros cúbicos y motos eléctricas que tengan una potencia inferior a 4 kilovatios.
Esto es lo que debe tener en cuenta:
– Portar dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que reflecte luz roja, direccionales, espejos retrovisores, placa y señal acústica
– Transitar por el centro del respectivo carril
– No podrán transitar sobre las aceras o andenes, ni por cualquier espacio destinado al tránsito de peatones
– El tránsito por puentes peatonales se deberá hacer con el ciclomotor apagado y conducida de manera manual
– No podrán transitar por las ciclorrutas ni por cualquier tipo de infraestructura que sea diseñada para el uso de la bicicleta. Tampoco podrán circular por las vías donde funciona la ciclovía cuando esté operando
– No podrán transitar por los carriles exclusivos del sistema TransMilenio, y no deben transitar por los carriles preferenciales para el Sistema Integrado de Transporte Público
– Los conductores y acompañantes deberán en todo caso transitar portando casco. Entre las 6:00 p. m. y antes de las 6:00 a. m., o cuando las condiciones de visibilidad lo ameriten, los conductores y acompañantes deberán portar chaleco reflectivo
– Los conductores deberán portar licencia de Tránsito del vehículo, licencia de tránsito, seguro obligatorio (Soat), certificado de revisión técnicomecánica y de emisiones contaminantes.
Recordemos que el Soat para esta clase de vehículos tiene un costo de $100.900.
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