La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) decidió abrir una investigación administrativa a la EPS SURA, tras recibir múltiples peticiones que alertaron retrasos en la prestación de servicios de salud en dos pacientes en condición de vulnerabilidad.
De acuerdo con el ente de vigilancia y control; de ser así, sería una vulneración directa al derecho fundamental a la salud.
La autoridad sanitaria explicó, mediante un comunicado, que uno de los casos corresponde a un menor de edad que reside en Medellín con un diagnóstico de atrofia muscular espinal tipo II, una enfermedad huérfana.
En diciembre de 2022 la madre del menor acudió a la Supersalud después de haber enfrentado, barreras de acceso a la instancia de “junta médica especializada” con el fin de recibir los servicios necesarios para el manejo de la condición de salud del niño.
Después de los requerimientos que realizó la Supersalud a la EPS, se evidenció la falta de respuesta oportuna y de fondo de Sura, omitiendo información del caso, a pesar de encontrarse plenamente documentados los inconvenientes, para garantizar el acceso oportuno a los servicios.
El segundo caso referido por la Supersalud se relaciona con la restricción en el acceso a los servicios de salud de una usuaria de 75 años, diagnosticada con múltiples patologías neurológicas que afectan su movilidad, calidad de vida y que requieren un manejo especializado. Luego de presentarse una reclamación ante el ente de vigilancia y control, se identificaron presuntas demoras en la atención de medicina especializada, como en la valoración por médico tratante para la determinación y autorización de servicios de salud domiciliarios -entre ellos cuidado de enfermería y cama hospitalaria.
La usuaria también buscó soluciones a su caso interponiendo una tutela y logró que el 5 de diciembre de 2022 el Juzgado Segundo de Familia de Barranquilla ordenara a la EPS Sura la valoración del médico domiciliario, para que este determinara la pertinencia de los servicios y tecnologías en salud requeridos por la paciente, los cuales, deberían ser autorizados y entregados de manera inmediata por parte de la empresa promotora. Sin embargo, la orden judicial no se cumplió.
Como consecuencia del inobservancia de las ordenes de la Superintendencia Nacional de Salud aunado al incumplimiento de la orden judicial, el ente de vigilancia y control intervino para que, la EPS Sura, informara las gestiones realizadas para garantizar los servicios requeridos a la usuaria, cuyo nuevo incumplimiento, generó la investigación administrativa que determine los responsables de las aparentes omisiones evidenciadas a lo largo del acompañamiento.
La EPS Sura emitió un comunicado en respuesta a la Supersalud y brindando nuevos detalles sobre los casos referidos. La EPS señaló que ambos casos han sido gestionados de la manera adecuada y que entregarán la información respectiva a las autoridades.
En el primer caso, la EPS Sura indicó que “ha dado el acompañamiento necesario al menor y su familia, de acuerdo con su estado de salud. Así mismo, el día 20 de enero del 2023, se efectuó la aplicación del medicamento requerido“. Y en lo que respecta al segundo caso, “la paciente ha recibido el tratamiento correspondiente a su estado de salud y la valoración médica, a través de atención domiciliaria, con profesionales capacitados, quienes han brindado una atención de calidad y acompañamiento oportuno”.
De igual manera, Sura presentó toda la información requerida en ambos casos, para que ésta sea evaluada en el marco de la investigación abierta por la Supersalud.
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