Colombia ya comienza a vivir el ambiente electoral de cara a las próximas elecciones presidenciales y legislativas de 2026.
Aunque aún no se ha oficializado la lista de candidatos que buscarán suceder al presidente Gustavo Petro, la Registraduría Nacional del Estado Civil ya avanza en los preparativos logísticos y normativos para garantizar el desarrollo transparente y eficiente de las jornadas democráticas.
Los comicios, que se llevarán a cabo en marzo del próximo año, no solo requieren del esfuerzo institucional, sino también de la participación activa y oportuna de los ciudadanos, quienes deberán asegurarse de tener actualizada su información electoral.
En este sentido, una de las principales tareas de los votantes será verificar o realizar el cambio de su puesto de votación, si así lo requieren.
Ciudadanos podrán cambiar su puesto de votación hasta enero de 2026
La Registraduría recordó que todos los colombianos que hayan cambiado de lugar de residencia o que por motivos laborales, académicos o familiares deseen votar en un punto distinto al actual, podrán modificar su lugar de votación.
Este trámite se encuentra habilitado desde el pasado 8 de marzo y se extenderá hasta el 8 de enero de 2026, de acuerdo con lo estipulado por la Ley Estatutaria 1475 de 2011.
Para facilitar este proceso, la entidad ha dispuesto más de 1.200 sedes en todo el territorio nacional, donde los ciudadanos pueden realizar su inscripción o modificación de puesto de manera presencial.
Registro de candidaturas y recolección de firmas
Además de la inscripción de votantes, la Registraduría también anunció que desde el pasado 31 de mayo se encuentra habilitado el proceso de registro de comités promotores e inscripción de candidaturas a la presidencia mediante recolección de firmas.
Los aspirantes que opten por esta vía tendrán plazo hasta el 17 de diciembre de 2025 para presentar el total de apoyos requeridos.
¿Quiénes pueden inscribir su cédula?
La inscripción está dirigida a ciudadanos colombianos mayores de 18 años que cuenten con cédula de ciudadanía válida, ya sea en formato tradicional o digital.
Es fundamental que el documento esté vigente y se presente en su formato original al momento de realizar el trámite.
Los ciudadanos por adopción también podrán inscribirse, al igual que los colombianos residentes en el exterior.
Es importante resaltar que la inscripción solo podrá realizarse dentro de los plazos establecidos por la Registraduría. Una vez vencido el periodo de inscripciones, no será posible modificar los datos de votación.
Votantes en el exterior: también pueden participar
Los colombianos que residen fuera del país también podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones presidenciales.
Para ello, deberán acercarse a las sedes consulares habilitadas, las cuales tendrán la responsabilidad de informar adecuadamente a la comunidad sobre los plazos y requisitos del proceso.
Según lo establece el artículo 50 de la Ley 1475 de 2011, el periodo de inscripción para estos ciudadanos también se cerrará dos meses antes del día de las elecciones.
Además, los colombianos en el exterior solo podrán votar en elecciones de carácter nacional, quedando excluidos de procesos locales o regionales.
Entre los requisitos para inscribirse desde el extranjero están:
– Ser ciudadano colombiano por nacimiento o adopción.
– Residir de manera permanente en otro país.
– Tener más de 18 años y presentar la cédula de ciudadanía vigente. También se admite el pasaporte como documento válido, siempre que esté al día.
– Realizar el trámite dentro de los tiempos oficiales anunciados por la Registraduría.
Lean también: Demandan a Alfredo Saade por impulsar la reelección de Petro
Demandan a Alfredo Saade por impulsar la reelección de Petro https://t.co/Oc8d1VZ0ft
— http://www.elmetro.co (@ElmetroCo) July 23, 2025





