En una reciente disposición emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los conjuntos residenciales en Colombia enfrentarán un cambio significativo en el pago del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) por el uso de zonas comunes, tales como salones comunales, canchas deportivas y parqueaderos para visitantes.
La DIAN ha informado que las propiedades horizontales están ahora obligadas a pagar el IVA por estas actividades, dado que el alquiler de estos espacios genera ingresos para la unidad residencial.
Según el ente fiscal, esta renta es considerada una explotación comercial, lo que justifica la aplicación del impuesto.
Como parte de esta medida, la DIAN ha solicitado a las propiedades horizontales que actualicen la información en el Registro Único Tributario (RUT) y comiencen a implementar la facturación electrónica.
La entidad también advirtió que aquellos conjuntos residenciales que sean hallados culpables de omitir el pago del IVA en estas actividades estarán sujetos a sanciones económicas y medidas administrativas.
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