El sistema de salud colombiano atraviesa uno de sus momentos más críticos en años, en medio de un deterioro que, según diversos sectores, se ha profundizado con decisiones adoptadas por el Gobierno de Gustavo Petro y que han puesto contra las cuerdas a varias EPS, hoy al borde de una crisis financiera.
En este contexto, el Ministerio de Salud expidió una nueva resolución que actualiza la lista de servicios y tecnologías excluidos de la financiación con recursos públicos, una medida que busca proteger las finanzas del sistema y priorizar intervenciones con respaldo científico.
Sin embargo, la decisión amplía las exclusiones existentes e incorpora más de 100 tratamientos adicionales que ya no serán cubiertos, lo que implica que miles de colombianos deberán asumir estos costos de su propio bolsillo.
Tomen nota:
– Minoxidil: en formas farmacéuticas tópicas para alopecia andrógena no especificada.
Restauración de dientes mediante incrustación metálica: incorporada como nueva exclusión dentro del anexo técnico.
– Diacereína: para indicaciones relacionadas con osteoartrosis primaria generalizada, otras poliartrosis y artrosis primaria de otras articulaciones.
En la nueva resolución (695 de 2026),el Gobierno decidió mantener las exclusiones que se encontraban en la anterior resolución.
Medicamentos y combinaciones excluidas para usos específicos
– Acetaminofén + codeína (en dolor neuropático)
– Acetaminofén + hidrocodona
– Buprenorfina
– Diazepam (en ciertos usos)
– Erlotinib (sin mutación EGFR)
– Infliximab (en algunas patologías)
– Interferón beta 1A
– Glucosamina (no todas las formas)
– Condroitina
– Teofilina (como monoterapia en EPOC)
No serán posibles procedimientos estéticos y este es el gran bloque de exclusión
– Liposucción (en todas sus formas)
– Lipectomía
– Rinoplastia estética (todas las variantes)
– Blefaroplastia (superior, inferior, láser, etc.)
– Ritidectomía (lifting facial)
– Mamoplastia de aumento
– Gluteoplastia
– Mentoplastia
– Plastias faciales y corporales
– Rejuvenecimiento vaginal
– Reducción de grasa en cara, abdomen, muslos
– Plastia de labios menores
– Plastia de cejas
– Bichectomía
– Correcciones estéticas nasales
– Alargamiento y engrosamiento de pene
– Himenoplastia / himenorrafia
– Clitoroplastia
– Alargamiento de pene
– Engrosamiento de pene
– Microinjertos capilares
– Evaluaciones genéticas deportivas
– Terapias de estrés oxidativo
– Escaleras domiciliarias
– Fotografías clínicas
– Estrategias recreativas
También se prohíben procedimientos de fertilidad y reproducción
– Inseminación artificial
– Fecundación in vitro (FIV con ICSI)
– No se permiten terapias sin evidencia científica o alternativas
– Ozonoterapia
– Psicoterapia tipo “psicomagia”
– Terapia Tomatis
– Aromaterapia
– Delfinoterapia
– Cámaras hiperbáricas
– Dietas especiales (sin gluten como tratamiento)
– Suplementos vitamínicos sin evidencia
– Estimulación magnética sin respaldo
Tampoco productos de consumo o cuidado personal
– Cosméticos (maquillaje, cremas, bálsamos)
– Gel antibacterial
– Lociones hidratantes
– Pañitos húmedos
– Papel higiénico
– Toallas higiénicas
– Repelentes
– Edulcorantes y sustitutos de sal
– Alimentos procesados y envasados
– Suplementos dietarios
Son varios procedimientos odontológicos que tampoco cubrirá el sistema
– Ortodoncia fija (en algunos casos)
– Gingivectomía
– Cierre de diastemas
Es importante tener en cuenta que muchos de los ítems excluidos pueden aplicar pero solo en ciertos diagnósticos:
– Dolor neuropático (gran bloque de exclusión)
– Artritis juvenil
– Esclerosis múltiple progresiva
– Cáncer de pulmón sin mutación específica.
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