Con seis votos a favor y dos en contra, la Corte Constitucional declaró exequible el decreto de conmoción interior en el Catatumbo, aunque precisó que su aval aplica únicamente a los hechos relacionados con enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados ilegales.
El alto tribunal respaldó las medidas orientadas al fortalecimiento de la fuerza pública, atención humanitaria y protección de los derechos de la población, en el marco del decreto legislativo 62 del 24 de enero de 2025.
Esta declaratoria cubre el Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González (Cesar).
La Corte aclaró que no son constitucionales las disposiciones del decreto que abordan problemáticas estructurales anteriores a la crisis actual.
La decisión fue respaldada por los magistrados Pardo, Ángel, Fajardo, Cortés, Fernández y Polo.
En desacuerdo votaron los magistrados Ibáñez, Meneses y Reyes, quienes presentaron salvamento de voto.
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