La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido el calendario para la presentación de la declaración de renta correspondiente al año gravable 2023.
Las personas naturales deberán cumplir con este trámite entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2024.
Las fechas límite están determinadas por los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Recomendaciones para los contribuyentes
Es crucial que los contribuyentes presenten su declaración antes de las fechas indicadas para evitar sanciones o multas, garantizando así un proceso rápido y sencillo.
Exenciones para el año 2024
La DIAN ha especificado que las siguientes personas estarán exentas de declarar renta en 2024:
- Asalariados que no son responsables del Impuesto a la Venta (IVA) y cuyos ingresos brutos provienen en un 80% o más de una relación laboral.
- Personas naturales o jurídicas extranjeras sin residencia o domicilio en Colombia, siempre que sus ingresos hayan estado sujetos a retención en la fuente según los artículos 407 a 409 del Estatuto Tributario.
¿Quiénes sí deberán declarar renta en 2024?
Las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones durante el año gravable 2023 deberán presentar su declaración de renta:
- Patrimonio bruto al final de 2023 igual o superior a $190,854,000.
- Ingresos totales durante el año gravable 2023 iguales o superiores a $59,377,000.
- Consumos con tarjeta de crédito iguales o superiores a $59,377,000.
- Compras y consumos totales iguales o superiores a $59,377,000.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas iguales o superiores a $59,377,000.
Este es el calendario dado por la DIAN:

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